El Patrimonio Protegido es un instrumento jurídico de gran interés para personas con discapacidad física, sensorial o intelectual. Es una solución para la protección económica de estas personas, compuesto por bienes y derechos destinados a satisfacer sus necesidades vitales. Para constituirlo, es necesario tener un certificado acreditativo de una discapacidad igual o superior al 33% o 65%, dependiendo del tipo de discapacidad, expedido reglamentariamente o por resolución judicial firme. De esta forma, por ejemplo, los padres pueden vincular determinados bienes a la satisfacción de las necesidades vitales de la persona con discapacidad, sin necesidad de realizar una donación (que tendría un mayor coste fiscal) ni una venta, y sin esperar a transmitir los bienes por disposición hereditaria.




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